Warning: getimagesize(fotos/1160238574dc91eab.jpg): failed to open stream: No such file or directory in /var/www/virtual/diariojunin.com/htdocs/app/Views/vernota_views.php on line 56 Imputaron a Iguacel por la compensación al gas - Diario Junin
DOLAR $ 892 / $ 892
DOLAR $ 1010 / $ 1030
DÓLAR
$ 892 / $ 892
$ 1010 / $ 1030
  11.2 ºC  Junín, Bs As
Martes, 23 Abril 2024
Diario Junín | Deportes             4530
Imputaron a Iguacel por la compensación al gas
La fiscal Paloma Ochoa pidió suspender la resolución que dispuso el cargo extra en tarifas del gas e imputó al secretario de Energía.
Jueves, 11 de Octubre del 2018 - 17:32 hs.
Imputaron a Iguacel por la compensación al gas

La fiscal federal Paloma Ochoa imputó este jueves al secretario de Energía, Javier Iguacel, por la supuesta comisión del delito de abuso de autoridad al haber dictado la resolución que habilita a las empresas distribuidoras de gas a cobrar un incremento extra a partir del 1 enero de 2019 en las tarifas para compensar los efectos devaluación del peso, en detrimento de los usuarios.


La representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que se habría tratado de un acto administrativo tendiente a "asegurar un margen de ganancia" de las empresas involucradas en la distribución del gas en un contexto devaluatorio que afecta a la mayoría de los sectores de la sociedad argentina.


La fiscal requirió a la jueza María Romilda Servini una serie de medidas de prueba para dar inicio a la investigación y además le solicitó que dicte “de forma urgente” una medida cautelar “de no innovar” contra la Secretario de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda para que se suspenda por 60 días la aplicación de la resolución cuestionada.


La resolución 20/2018 –que el gobierno anunció que finalmente no implementará- habilitaba a la distribuidoras de gas a exigir a los usuarios un pago extra, en 24 cuotas, para compensar las pérdidas o lo que se hubieren perdido de ganar las empresas por la abrupta devaluación del tipo de cambio.


“Los hechos denunciados revelan que el dictado del acto administrativo cuestionado sirve como plataforma jurídica para que las empresas distribuidoras del servicio de gas gocen de un crédito retroactivo por obligaciones ya pagadas por el consumidor”, sostuvo la fiscal Ochoa en el requerimiento al que accedió Tiempo.


“La finalidad perseguida por dicho acto administrativo pareciera circunscribirse a asegurar un margen de ganancia de un actor en un contexto devaluatorio de la moneda nacional que ineludiblemente redundará en el empobrecimiento de la mayoría de los actores de la sociedad argentina”, remarcó.


La fiscal sostuvo además que deberá evaluarse si el dictado de la resolución favorable a las distribuidoras de gas puede constituir un acto de fraude contra la administración pública: es que al anunciar la “marcha atrás” el Gobierno sostuvo que el Estado se haría cargo de pagar el monto extra que primero había intentado transferirle a los usuarios.


La causa se inició por una denuncia del también fiscal federal Guillermo Marijuan que por sorteo cayó ante el juzgado a cargo de Servini quien delegó la investigación en Ochoa. Iguacel, a través de abogados, presentó este mediodía un escrito en los tribunales federales de Comodoro Py con el objeto de señalar que no cometió ningún ilícito y que la resolución tenía por objetivo cuidar a los usuarios, como había dicho públicamente.


Al dictar la resolución, la secretaría de Energía se había basado que en la reglamentación de la Ley 24.076, sancionada en 1992 cuando regía otra política monetaria, se establecía que “las variaciones del precio de adquisición del Gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor ni al transportista bajo el mecanismo, en los plazos y en la periodicidad que este establezca en la correspondiente habilitación".


Sin embargo, en su denuncia Marijuan sostuvo que con la resolución tenía por objeto compensar económicamente a las empresas sobre servicios ya facturados y abonados por los usuarios, en una violación al efecto cancelatorio del pago de una deuda y provocando un inminente perjuicio económico a los usuarios.



COMENTÁ LA NOTA
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.