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¿Por qué todavía se divide el padrón electoral en masculino y femenino?
Hace años que los argentinos votan en mesas mixtas pero por algún motivo todavía es necesario poner una de las dos opciones para averiguar a dónde participar de los comicios.
Sábado, 20 de Julio del 2019 - 14:46 hs.
¿Por qué todavía se divide el padrón electoral en masculino y femenino?

La Cámara Nacional Electoral habilitó online el padrón para que la ciudadanía consulte su lugar de votación en las elecciones primarias abiertas simultáneas obligatorias (PASO) del 11 de agosto. Para acceder a la información basta con ingresar el número de DNI y género de la persona y su distrito.


Pero, ¿cuál es la necesidad de especificar el género si en la Argentina se vota en mesas mixtas desde 2011? La explicación se remonta a 1947 con la introducción del voto femenino.


Hasta 1947 el padrón electoral estaba basado en el del servicio militar obligatorio para evitar el fraude, como indicó la historiadora Araceli Bellota, por lo que los hombres votaban con su Libreta de Enrolamiento (LE) y eran, de hecho, los únicos que podían participar en los comicios.


Pero el artículo 3° de la Ley 13.010 del Voto Femenino establecía que "para la mujer regirá la misma ley electoral que para el hombre, debiéndosele dar su libreta cívica correspondiente como documento de identidad indispensable para todos los actos civiles y electorales".


Sin embargo, a la hora de incorporar a las mujeres a la vida cívica el Estado repitió la numeración, es decir que se empezó a contar desde 0 para "empadronar, confeccionar e imprimir el padrón electoral femenino de la Nación" de acuerdo al artículo 4° de la ley.




Por eso hasta el día de hoy hay dos ciudadanos con el mismo número de documento entre el número 1 y el 9.999.999, y el único modo de diferenciarlos es el género.


Con el tiempo el DNI reemplazó a las libretas y el padrón se unificó (desde 2017 no se pueden usar ni la LC ni la LE para votar), pero el género aún es necesario para diferenciar a las personas con un número menor a 10.000.000, aunque eso excluya a parte de la ciudadanía.


Tal es el caso de las personas que no se hallan contenidas dentro del binomio masculino-femenino, como le pasa a la activista Lara María Bertolini, quien definió su identidad de género como femineidad travesti.


En marzo de este año la jueza en lo civil Myriam Cataldi falló a favor de Bertolini de acuerdo a la Ley de Identidad de Género (26.743) y le ordenó al Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y al Registro Civil porteño que rehicieran su documento, pero ambas instituciones apelaron la sentencia.


"Se resisten a acatar el fallo porque no saben a dónde colocarme. Si solo es aplicable 'femenino' o 'masculino' mediante el sexo (biológico), la identidad de género 'femineidad travesti' no cuadra. Es problema administrativo y político", le explicó Bertolini.




Todavía falta que se expidan los jueces de la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en los Civil, por lo que durante las elecciones 2019 Bertolini tendrá que votar con su DNI actual, de sexo femenino.


"No estaría votando a Derecho sino que estaría votando por imposición identitaria de órganos administrativos del Estado", denunció la activista de 49 años, quien sostuvo que "la construcción de la identidad es particularísima" y por eso no se puede reducir a dos opciones.


"La femineidad travesti no es lo mismo que la feminidad. Yo me considero femineidad porque no busco lo perfectible de lo femenino, o sea, la feminidad", aclaró Bertolini.


La activista emprendió el proceso para rectificar su DNI el año pasado después de que la Justicia resolviera que la activista Diana Sacayán fue víctima de un travesticidio.


"Si Diana Sacayán fue reconocida travesti por el Poder Judicial al ser asesinada, creando en primera instancia la figura del travesticidio para poder entender, comprender y justificar el crimen de odio agravado por el género, ¿por qué el mismo Estado se niega a reconocer mi identidad de femineidad travesti en vida?", cuestionó.


Diana Sacayán fue asesinada el 11 de octubre de 2015


"El Renaper a nivel nacional y el Registro Civil a nivel CABA se resisten a inscribirme como me ampara la Ley 26.743 en su artículo 13. Negarme la identidad es, a mí entender, un delito de Lesa Humanidad", desarrolló la activista, porque "se usa el aparato del Estado para seguir invisibilizando a una identidad que fue perseguida y exterminada por las fuerzas de seguridad por más de 50 años".


"Con mi abogado, Emilio Buggiani, del estudio Lozano Casiraghi, Buggiani y asociados, no sólo vamos a pelear por mi identidad sino por el respeto en la Constitución Nacional, a un principio que debe establecerse en la carta Magna, que es el de identidad humana", prometió.


Por ahora el padrón electoral argentino seguirá dividido no sólo en masculino y femenino, sino también entre las revoluciones cívicas del siglo XX y las del XXI.



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