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Diario Junín | Provinciales             2109
Desestimaron denuncia por violación sin haber escuchado a la víctima
El Poder Judicial Bonaerense había demorado un año y cuatro meses en radicar una denuncia por violación, y dieciocho días para desestimarla, sin siquiera haber considerado el testimonio de la denunciante. La abogada linqueña Florencia Tittarelli integra el equipo de letradas querellantes.
Lunes, 14 de Octubre del 2019 - 14:02 hs.
Desestimaron denuncia por violación sin haber escuchado a la víctima

El 11 de mayo del 2018, Rocío presentó una denuncia penal contra Federico Nievas Congett por abuso sexual con acceso carnal, en un hecho que había ocurrido el 8 de julio del 2017 por la noche.


En aquella ocasión, según relató, el denunciado era un referente y conocido de la agrupación política en la que ella militaba. Sin embargo, recién el 29 de agosto del 2019, después de un año y cuatro meses de hecha la denuncia, el Poder Judicial dispuso radicar las actuaciones penales en el Juzgado de Garantías Nº 6 de La Plata.


El denunciado se presentó en la causa. Alegó que el hecho denunciado había ocurrido, pero que había existido consentimiento de la denunciante. En dieciocho días, la agente fiscal Virginia Bravo desestimó la denuncia, por inexistencia del delito, a partir de las declaraciones del acusado, en las que éste tiene derecho a no decir la verdad, y sin haber escuchado a la víctima.


En septiembre del 2018, Agostina Ferraro, una de las abogadas de Rocío (equipo que integra junto a Florencia Tittarelli y Elizabeth Gómez Alcorta), se había presentado en el Juzgado Nº 6 y había reclamado que, transcurridos cinco meses de efectuadas la denuncia y la petición de ser tenida como querellante, no se había tomado ninguna medida ni se había convocado a la víctima a ratificar la denuncia.


Esta inacción del Poder Judicial en un caso de un delito contra la integridad sexual implicaba, de acuerdo con lo que denunció, revictimizar a la denunciante y conculcarle el derecho de tutela judicial efectiva. En ese contexto dejó un escrito que los funcionarios judiciales se resistieron a recibir.


Después, la jueza María Florencia Butiérrez, subrogante del juzgado en ese momento, remitió una denuncia contra Ferraro ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de La Plata por “no guardar las debidas formas”, la cual fue desestimada por el Consejo Directivo del Colegio Departamental, después del descargo de la letrada.


En la denuncia original, la víctima expresó que, meses después del hecho denunciado, había mantenido otros encuentros con el acusado, puesto que la asimetría del vínculo (era su referente político) operaba como un condicionante para negarse a verlo, aunque luego había logrado poner un límite.


Cabe resaltar que a ella nunca se la había llamado para ratificar la denuncia ni para escuchar su relato, como tampoco se había convocado a los testigos ofrecidos por la querella.


Apenas dieciocho días después de que la causa quedara radicada en el Juzgado Nº 6, la agente fiscal Virginia Bravo desestimó la denuncia por inexistencia de delito. Para ello había tomado en cuenta los dichos del imputado (quien se había presentado espontáneamente y tiene el derecho de no decir la verdad) y afirmó: “Destacándose las circunstancias del tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos objetos de denuncia y su radicación, como así que, luego de ello, previo a la denuncia, existieran más encuentros íntimos previamente acordados, no advierto que los hechos traídos constituyen delitos”.


El equipo de abogadas le presentó el pasado jueves al fiscal general Héctor Vogliolo un pedido de revisión respecto de la resolución de la fiscal Bravo, quien había desestimado la denuncia y había dispuesto su archivo, a la vez que evalúan denunciar a la fiscal por mal desempeño de sus funciones, ya que no sólo no había llamado nunca a la víctima, sino que había utilizado como argumento el paso del tiempo transcurrido entre los hechos y la radicación de la causa, cuando había sido el propio Poder Judicial el que había demorado un año y cuatro meses en determinar qué juzgado tenía competencia para investigar la denuncia.


Por otra parte aseguraron las abogadas de la víctima: “El hecho de desestimar la denuncia porque luego mantuvo relaciones sexuales consentidas con el denunciado implica un serio desconocimiento de la jurisprudencia y de los estándares internacionales en la materia, y una ausencia total de perspectiva de género”.


“En este caso, como en muchos otros, nos encontramos con una fiscal que se funda en la incorporación de prueba referida al comportamiento sexual de una víctima de violencia, lo que es altamente perjudicial. La admisión y la posterior valoración de este tipo de prueba invierten el foco de la pesquisa y es la víctima quien deviene en la persona investigada y juzgada. De este modo se revictimiza a quien denuncia y se explica por qué estos delitos se mantienen subdenunciados”, sostuvieron.



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