09/07/2019  -  Locales
Implementación de la Ordenanza Nº 6425 "Franja Verde"
La zona urbanizada, según el Código de Ordenamiento Urbano Ambiental, involucra la ciudad, los pueblos del partido, las zonas residenciales extra urbanas y los centros urbanos de servicios.

Desde la Secretaria de Desarrollo Económico se informa, como todos los años, sobre la ejecución la Ordenanza Nº 6425/2.013, relacionada con la Franja Verde, y que hace referencia a la superficie protegida y que requiere un tratamiento especial y cuya dimensión se establece de la siguiente manera: Zona urbanizada hasta 500 metros, desde los establecimientos educativos hasta 300 metros y para los espejos y cursos de agua a partir de los 25 metros, hasta los 500 metros.


La zona urbanizada, según el Código de Ordenamiento Urbano Ambiental, involucra la ciudad, los pueblos del partido, las zonas residenciales extra urbanas y los centros urbanos de servicios.


Dentro de la Franja Verde sólo se podrán pulverizar productos fitosanitarios Clase IV o Banda Verde, quedando prohibidos los Clase I, II y III o Banda Roja, Banda Amarilla y Banda Azul respectivamente, con equipos terrestres inscriptos en la provincia y en el municipio. Vale recordar que es obligatorio el registro provincial de los equipos que desarrollen sus actividades en la Franja Verde de todo el partido, sean estos de usos propio o prestadores de servicio y tanto los autopropulsados como los de arrastre.


El aplicador del fitosanitario, deberá acceder a la pagina web municipal (www.junin.gob.ar), ingresar en el link: aplicación de agroquímicos, introduciendo el Nº de registro provincial correspondiente (del aplicador) y una carga genérica, luego podrá cargar los datos obligatorios solicitados: fecha de aplicación, Nº de receta agronómica (autorizada por profesional matriculado y de uso ineludible) e identificación de parcela. De esta manera obtendrá el permiso para realizar dicha aplicación.


Es esencial que el usuario de dicho link inicialmente se registre por medio de la página municipal en el ícono Gestión Web, una vez recibido el mail de confirmación en su casilla de correo electrónico, se deberá presentar en la Mesa de Entrada de la Municipalidad, situada en Av. Rivadavia 80 planta baja, con fotocopia de DNI para darle el alta definitivo y la contraseña de acceso.


La autoridad de aplicación es el municipio a través de la Subsecretaria de Producción, verificando los registros de aplicación on line, realizando inspecciones e interviniendo con el cobro de multas cuando la situación lo amerite. Por último, se recuerda que desde el municipio se sigue gestionando para que se respeten las buenas prácticas agrícolas y uso responsable de los fitosanitarios, priorizando la protección de los ciudadanos y su entorno.

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