02/09/2025  -  Provinciales
Elecciones 7 de septiembre
Sanciones económicas para quienes no concurran a votar
La norma contempla algunas justificaciones

Quienes este 7 de septiembre  no concurran a las urnas sin una justificación válida deberán afrontar sanciones económicas. Según lo estipulado en el Código Nacional Electoral, las multas irán desde los $1.000 hasta los $2.000 para las personas de 18 a 70 años que no cumplan con su deber cívico.

Aquellos que no paguen quedarán registrados como infractores electorales, lo que acarrea consecuencias: no podrán realizar ciertos trámites durante un año —como obtener el pasaporte— y tampoco podrán ocupar cargos públicos durante tres años posteriores a la elección.

Para regularizar la situación, la Cámara Nacional Electoral habilitó el Registro de Infractores, donde se pueden consultar las deudas y justificar ausencias en caso de corresponder.

Justificaciones

Algunas de las justificaciones para no concurrir a votar son, por ejemplo, estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, con certificado médico; ser juez o personal judicial que deba mantener abiertas las oficinas durante la jornada electoral; integrar organismos o empresas de servicios públicos que requieran presencia laboral durante el comicio, con certificación correspondiente.

También estar a más de 500 km del lugar de votación, presentando constancia en una comisaría o consulado en el exterior.

De esta manera, las autoridades recordaron que el voto en la Argentina es obligatorio y remarcaron la importancia de cumplir con este compromiso ciudadano.


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