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La Ciudad aprobó el protocolo para la realización elecciones en los Clubes de fútbol
El Gobierno del GCBA publicó en el Boletín Oficial cómo es el protocolo, los cuidados y recomendaciones para que se celebren actos eleccionarios en las instituciones.
Jueves, 04 de Marzo del 2021 - 17:54 hs.
La Ciudad aprobó el protocolo para la realización elecciones en los Clubes de fútbol

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires publicó este martes 3 de marzo en el Boletín Oficial la aprobación del protocolo para la realización elecciones en los Clubes de fútbol y el resto de las Asociaciones Civiles donde se establecen una serie de recomendaciones para que puedan desarrollarse los comicios que prevén voto secreto en forma presencial, con el fin de minimizar la posibilidad de transmisión del Covid-19.

Mediante la resolución N°57/MDEPGC/21 del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción se aprobó el “Protocolo para la celebración de elecciones de autoridades de Asociaciones Civiles para prevención y manejo de casos de Covid-19".

El protocolo establece pautas generales que podrán podrán ser ampliadas y adaptadas de acuerdo a las particularidades de cada institución. En el mismo se establece que no es aplicable al voto a distancia, sino que es necesario la concurrencia de los electores de forma presencial, dentro de sus instalaciones. Asimismo, se dispuso que dentro del personal de las instituciones que se encuentren afectados al desarrollo de las actividades estarán dispensados los grupos de riesgo del deber de asistencia.

Hasta la publicación de esta resolución cada institución debía pedir autorización al Gobierno porteño para la realización del acto eleccionario. A partir de este momento esta solicitud no será necesaria y deberá cumplirse el protocolo aprobado.

MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES

  • Mantener una distancia mínima entre personas de dos metros durante todo el proceso. Esta medida aplica para la totalidad de las personas que participen del acto eleccionario (autoridades de mesa, fiscales de mesa, votantes, empleados, etc.).

  • Establecer un aforo (capacidad total) de las personas que pueden estar presentes en cada sector del establecimiento en forma simultánea durante el desarrollo de la actividad.

  • Se establece que el acto electoral deberá realizarse al aire libre. En forma excepcional y en razón de circunstancias particulares, el mismo podrá realizarse en espacios cerrados.

  • Se establece que al aire libre la capacidad máxima de personas en el establecimiento de votación deberá respetar un coeficiente de ocupación una persona cada cuatro metros cuadrados con un tope máximo de 500 personas en forma simultánea.

Si no es posible realizar el evento al aire libre, se sugiere que dicho evento se realice en espacios cerrados siempre y cuando no se supere el 30 % de la capacidad habilitada. En este último caso se deberá garantizar la ventilación. En ningún caso se podrá superar el tope máximo de 500 (quinientas) personas en forma simultánea.

  • Se sugiere que se concurra de manera individual al establecimiento de votación.

  • Es obligatorio el uso de tapaboca en todo momento.

  • Realizar la limpieza y desinfección durante todo el proceso electoral con una frecuencia adecuada.

MEDIDAS ESPECÍFICAS

  • Se sugiere que la afluencia al público se organice gradualmente, y en función de horarios específicos teniendo en cuenta la terminación de DNI de los votantes a fin de evitar aglomeraciones.
  • Si la actividad se realizara al aire libre se sugiere que la misma se desarrolle mediante la utilización de gazebos y/o carpas donde puedan ubicarse las mesas electorales.
  • Cada establecimiento o sector en el cual se desarrolle el proceso electoral deberá tener asignada una persona que vele por el cumplimiento de las recomendaciones.
  • Colocar *alertas visuales* con información sobre las pautas de prevención y cuidado
  • Capacitar a las autoridades de mesa y al personal afectado sobre las medidas establecidas en este protocolo.
  • Disponer de un *mayor número de mesas de votación* que en ocasiones normales, a los fines de reducir la cantidad de electores por mesa.
  • Evitar nombrar autoridades de mesa a personas de riesgo.
  • En los accesos al establecimiento se aplicará alcohol al 70% a los fines de higienizar las manos de los electores que ingresen.
  • Controlar la temperatura de todas las personas previo a la entrada al establecimiento e interrogar acerca de la presencia de síntomas.
  • Disponer de personal en los ingresos para informar a los electores a qué sector y número de mesa deben concurrir, a los fines de evitar la circulación innecesaria dentro del establecimiento.
  • Cada mesa electoral contará con alcohol en gel al 70%, bolsas identificadas para residuos, y barbijos quirúrgicos para las autoridades que lo soliciten.
  • Disponer filas de espera por cada mesa de votación respetando el distanciamiento.
  • Corroborar la identidad de las personas evitando manipular la documentación por parte de las autoridades de mesa. Para ello se sugiere que el elector deposite la documentación identificatoria en una bandeja plástica desinfectada.
  • Los votantes podrán retirarse el barbijo sólo durante el tiempo mínimo y necesario para permitir la confirmación de la identidad.
  • Se establece el uso obligatorio de máscaras faciales por parte de las autoridades de mesa.
  • La entidad deberá conservar el listado de las personas asistentes al evento electoral por el término de 1 mes a fin de poder dar rápida comunicación ante la ocurrencia de un caso positivo.
  • El tiempo de permanencia dentro del establecimiento será el mínimo necesario.
  • Escrutinio de votos: Proceder a la limpieza de la mesa con desinfectante. Lavarse las manos o aplicar alcohol en gel a cada persona que participa de este proceso.Se recomienda el uso de dispositivos y/o tacos para humedecer las manos y manipular el papel.


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