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Desregularon los puestos de diarios
de todo el país y a partir de ahora podrán brindar otros servicios.
La resolución nace a partir de un
decreto presidencial e involucra a los puestos inscriptos en
el Registro Nacional de Vendedores y
Distribuidores de Diarios y Revistas.
Como primera medida, la
administración nacional derogó el Decreto 1025 que data del año 2000.
Esa norma, que ya no tiene vigencia,
regulaba la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía
pública.
Según indicaron, en la actualidad
esta actividad “debe estar exenta de las restricciones del Estado nacional”.
Esto incluye, por ejemplo, la
disolución del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y
Revistas citado anteriormente.
El ministro de Desregulación y
Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó que esto “devuelve a
la competencia municipal la gestión del espacio público, que en esta dimensión
había sido intervenida por el gobierno nacional”.
Más allá de esto, el decreto invita a los kioscos en cuestión a un nuevo
negocio: el de los servicios postales.
Efectivamente, con la nueva reglamentación
podrán “prestar el servicio de casilla de correo” siempre y cuando se inscriban
como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).
Los puestos podrán entregar
correspondencia, tarjetas bancarias documentos y pasaportes, también paquetería
o productos adquiridos por comercio electrónico.