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Fallo de la Corte Suprema contra la Provincia de Buenos Aires
Por discriminación fiscal
Jueves, 30 de Abril del 2026 - 07:20 hs.
Fallo de la Corte Suprema contra la Provincia de Buenos Aires

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo de fuerte impacto institucional al declarar inconstitucional una normativa tributaria de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de una demanda impulsada por la empresa Lácteos Verónica S.A.C.I.A.F.E.I..

La decisión del máximo tribunal cuestiona un esquema impositivo que, según el fallo, generaba una discriminación basada en el lugar de radicación de las plantas productivas, afectando el principio de igualdad y el normal desarrollo del comercio interprovincial.

El caso se remonta al período fiscal 2016, cuando la firma láctea —fundada en territorio bonaerense pero con su planta industrial ubicada en la provincia de Santa Fe— aplicó una alícuota reducida del 1,75% en el impuesto sobre los ingresos brutos, conforme a la legislación vigente.

Sin embargo, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires resolvió modificar ese criterio mediante una disposición posterior, elevando la alícuota al 4%. 

El argumento central fue que el beneficio fiscal solo correspondía a empresas con establecimientos industriales radicados dentro del territorio bonaerense.

Desde la administración provincial defendieron la medida como una política de promoción industrial, enmarcada dentro de sus facultades tributarias. 

Sostuvieron que no se trataba de una barrera al comercio, sino de un incentivo legítimo para fomentar la producción local. Además, argumentaron que la fijación de alícuotas responde a decisiones de política económica y social que corresponden al legislador provincial.

El tribunal, integrado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó esa postura y consideró que la normativa generaba una discriminación incompatible con la Constitución Nacional Argentina.

Según el fallo, la diferencia de tratamiento basada en la ubicación del establecimiento productivo  vulnera el principio de igualdad ante la ley, obstaculiza el comercio entre provincias, y configura una “aduana interior”, práctica expresamente prohibida por la Constitución.

En ese sentido, los magistrados entendieron que el esquema impositivo bonaerense perjudicaba a empresas radicadas fuera de la provincia, favoreciendo a los productores locales.

La Corte hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del requisito cuestionado y anuló la pretensión fiscal de ARBA.

El fallo no solo beneficia a Lácteos Verónica, sino que sienta un precedente relevante para otras empresas que operan en distintas jurisdicciones. A partir de esta decisión, cualquier esquema tributario provincial que implique un trato desigual por la ubicación geográfica de la producción podría ser impugnado judicialmente.

Si bien las provincias conservan amplias facultades para diseñar políticas fiscales e incentivar actividades económicas, el tribunal dejó en claro que esos mecanismos no pueden transformarse en barreras que distorsionen el comercio interprovincial ni vulneren garantías constitucionales.