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Diario Junín | Nacionales             1710
Nuevo DNU: todos las ciudades y conglomerados en los que rige el aislamiento social, preventivo y obligatorio
Mediante un DNU publicado este domingo, el Ejecutivo extendió las medidas por el coronavirus hasta el 11 de octubre.
Lunes, 21 de Septiembre del 2020 - 10:09 hs.
Nuevo DNU: todos las ciudades y conglomerados en los que rige el aislamiento social, preventivo y obligatorio

El gobierno nacional oficializó la prórroga del distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus. Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 754/2020 publicado este domingo, la extensión irá del 21 de septiembre al 11 de octubre.


De este modo, el aislamiento por el coronavirus continuará aplicándose en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en los partidos de General Pueyrredón, Bahía Blanca y Tandil, provincia de Buenos Aires. También alcanzará a los departamentos jujeños de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro, y en el departamento Capital de la provincia de La Rioja.




De acuerdo con el DNU, el aislamiento por el coronavirus también estará vigente en los aglomerados de las ciudades de San Carlos Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en la provincia de Río Negro; en los departamentos de General José de San Martín, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera, Orán y Capital de la provincia de Salta; en el aglomerado de la ciudad de Río Gallegos, de Santa Cruz; en los departamentos de Capital y Banda, en Santiago del Estero, y en el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego.


En tanto, seguirán bajo las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio (DISPO), con las mismas condiciones que hasta la actualidad, los restantes distritos del país.


Según el DNU, el DISPO por el coronavirus se continúa aplicando en las jurisdicciones en las que el sistema de salud cuenta “con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria”, el tiempo de duplicación de casos confirmados de coronavirus Covid-19 no es inferior a 15 días y que no están definidas “por la autoridad sanitaria nacional como aquellas que poseen ‘transmisión comunitaria’ sostenida del virus SARS-CoV-2".


Además, los gobiernos provinciales continúan manteniendo la facultad para, en caso de identificar situaciones de riesgo de propagación del coronavirus, disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a las provincias provenientes de otras jurisdicciones por un plazo máximo de 14 días.


Del mismo modo, en el caso de los departamentos y partidos de hasta 500 mil habitantes las autoridades provinciales “podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas”.


Para eso, “deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial e implementar un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional”.




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