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Todos los requisitos para comprar una casa: Mirá los nuevos créditos hipotecarios UVA
En los últimos días, se conoció la noticia de que algunos bancos ofrecerán créditos hipotecarios 2024 para la compra de viviendas o refacción. Esto se da luego de la baja de tasas informada por el Banco Central (BCRA).
Martes, 30 de Abril del 2024 - 11:20 hs.
Todos los requisitos para comprar una casa: Mirá los nuevos créditos hipotecarios UVA

En los últimos días, se conoció la noticia de que algunos bancos ofrecerán créditos hipotecarios 2024 para la compra de viviendas o refacción. Esto se da luego de la baja de tasas informada por el Banco Central (BCRA).

Hasta el momento, los bancos que ofrecen créditos hipotecarios son: el Banco Ciudad y el Banco Hipotecario y para poder acceder es necesario cumplir con algunos requisitos que solicitan las entidades bancarias.

Nuevos créditos hipotecarios UVA: todos los requisitos para comprar una casa

Créditos hipotecarios Banco Ciudad 2024

Este lunes, el Jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció los nuevos créditos hipotecarios del Banco Ciudad para la adquisición, refacción, mejora y ampliación de viviendas, en una medida que busca beneficiar a la clase media y apoyar el desarrollo en la zona del Microcentro.

Características de los nuevos créditos hipotecarios del Banco Ciudad 2024

  • Las inscripciones ya están habilitadas
  • Son de hasta $ 250 millones, a plazos de 10, 15 y 20 años. 
  • Hay dos tipos: uno permite adquirir primera y segunda vivienda; el otro posibilita comprar inmueble familiar único y de ocupación permanente en el Microcentro
  • El anuncio apunta a la clase media, para que pueda seguir adelante a pesar de las dificultades. Y a revitalizar y desarrollar la zona del Microcentro.
  • Los créditos ya están disponibles a través de la web del Banco Ciudad y en todas las sucursales de la entidad. 
  • Se puede solicitar hasta el 25 % de los ingresos netos del solicitante y/o grupo familiar
  • La financiación es de hasta el 75 % del valor de venta del inmueble a adquirir
  • Pueden acceder quienes ya cobren o migren la acreditación del sueldo al Banco Ciudad
  • Tiene interés UVAs más una tasa desde 3,5% TNA

Créditos hipotecarios 2024: más noticias

Créditos del Banco Hipotecario 2024: características

  • Las inscripciones se habilitarán en los próximos días

El Banco Hipotecario ofrece un crédito para vivienda de hasta $250.000.000 con la posibilidad de devolverlo en hasta en 30 años:

  • Las personas que cobran a través del Banco Hipotecario tendrán una tasa preferencial durante el primer año:

Requisitos de los créditos UVA del Banco Hipotecario:

¿Quiénes pueden solicitar el Crédito UVA?

  • Empleados bajo relación de dependencia.
  • Personas que trabajan en forma independiente, (régimen de ganancias o monotributo) o Jubilados.

Todos los requisitos

  • No registrar antecedentes desfavorables en Banco Hipotecario ni en el Sistema Financiero.
  • Edad para acceder al crédito: Mínima 18 años, Máxima 65 años al otorgamiento.
  • Edad máxima al cancelar el crédito: 75 años.
  • Ingreso mínimo: 1 SMVM (salario mínimo vital móvil), puede sumar ingresos con su cónyuge o conviviente.
  • Antigüedad laboral mínima: relación de dependencia: 1 año, independientes: 1 año.
  • Relación cuota ingreso: hasta 25% del ingreso neto, del o los solicitantes. Sujeto a evaluación crediticia.

Documentación personal:

  • D.N.I., L.C. o L.E. de los titulares.
  • Constancia de CUIL / CUIT.
  • Comprobante de un servicio a nombre del titular correspondiente al último período facturado.
  • Estado civil:
  • CASADO: Libreta de Matrimonio.
  • DIVORCIADO: Sentencia de divorcio.
  • SEPARADOS: Separación legal inscripta en el Juzgado Civil correspondiente.
  • NOVIOS: No es necesario acreditar vinculo, siempre que los integrantes de la pareja tengan hasta 35 años (inclusive) y que ambos solicitantes deberán ser titulares del inmueble a hipotecar. (solo aplica a destinos Adquisición y Construcción)
  • CONVIVIENTES: Constancia de inscripción de unión convivencial o contrato de alquiler vigente a nombre de ambos titulares ó cuando tengan hijos en común, partida de nacimiento de los hijos, ó Facturas de servicios y/ o resúmenes de productos bancarios, donde se verifique la coincidencia de domicilio para ambos solicitantes.

Documentación justificatoria de ingresos:

Para personas en relación de dependencia:

  • Últimos 6 recibos de sueldo. Certificado de empleo. En papel membretado, con la firma del cargo del firmante, certificada por entidad bancaria y los siguientes datos del empleado: nombre y apellido, tipo y N° de documento, CUIL, fecha de ingreso, cargo y/o función, tipo de contratación, remuneración mensual bruta y neta.

Para personas independientes:

  • PROFESIONAL: Matrícula profesional o título habilitante. COMERCIANTE: Habilitación municipal.- Comprobante de inicio de actividades frente a AFIP.

Régimen ganancias:

  • Última declaración jurada de impuesto a las ganancias y comprobante de pago correspondiente o Certificacion de ingresos y manisfestación de bienes realizada por Contador Público con su correspondiente sello y matrícula, certificada por Consejo Profesional de Ciencias Económicas, que contenga la siguiente información: Nombre y Apellido, CUIL o CUIT y domicilio. Actividad que desarrolla (si es profesional, Deberá consignar y adjuntar la matrícula o título habilitante) Detalle de ingresos (valor anualizado) del período certificado, información de Ingresos Brutos, Información detallada de la documentación utilizada como fuente de información y respaldo (facturas/recibos/contratos,etc.). En caso de rentas de 1° categoría indicar a que corresponde adjuntar título de propiedad/contrato de locación.

Régimen monotributo:

  • Comprobante de adhesión al monotributo.
  • Comprobantes de los pagos del monotributo de los últimos 3 meses o declaración y comprobantes de pago de ingresos brutos correspondientes a los últimos 12 meses.

Jubilados para refacción:

  • Últimos 3 recibos de haberes.
  • Documentación del inmueble
  • Fotocopia del título de la propiedad.
  • Comprobante del Impuesto Inmobiliario o Municipal de la propiedad a tasar donde figure la nomenclatura catastral.
  • Reglamento de copropiedad o plano de subdivisión (sólo para PH o Dptos.)
  • Fotocopia de reserva o boleto.


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